Luxer

Cantidad de envíos: 446 Fecha de inscripción: 13/01/2009 Localización: Osma (Reino de Castilla)
 | Tema: Casos contra Vigury Vie Ago 21, 2009 12:40 pm | |
| Proceso entre Vigury y el Reino de Castilla Vigury había sido acusado de Desorden Público. | Citación: | Acta de la acusación. A dia 11 de Agosto de 1457, la fiscalia acusa a Vigury, del Delito de Desorden Publico al robar en los nudos de los caminos de Castilla.
Datos: Fecha: 09 Agosto
Lugar: Camino de Valladolid
Acusados: vigury
Víctima: Itsuke - Velma
Ficha del Acusado: http://img32.imageshack.us/img32/7570/fichavigury.jpg
Pruebas: Sr. Itsuke : http://img24.imageshack.us/img24/9416/asaltor.jpg Sra. Velma: http://img10.imageshack.us/img10/1747/prueba1hds.jpg
Testigos: Itsuke - Velma
Investigación realizada: Sheenna, Alguacil Comisaria Central
Observaciones: El señor Itsuke denuncia un atraco, del cual él y su acompañante de viaje han sido victimas. El caso es que el señor Vigury los ha asaltado, camino de Valladolid, en el punto que hay justo antes de llegar al pueblo.
La señora Velma ratifica la denuncia realizada por su acompañante y presenta las pruebas del caso.
art. Violado.
Art. 16: Todo aquel que robe a una persona y se apodere de su dinero o propiedad, por medio de la violencia, será culpable de Robo.
Guemau de la Vega Urzoa, fiscal del Reino de Castilla. |
| Citación: | Primer alegato de la defensa. Muy buenos dias señor juez.
Me presento ante este tribunal por el delito del que se me acusa, y pues solo quiero decir que no pienso alegar nada, para ser mas exacto me declaro culpable.
Y pues solo quiero afirmar que solo cometi el delito de robo, y que lo robado fue MUY POCO como bien lo dice la misma Velma en su ficha
http://img170.yfrog.com/img170/9278/velma2.png
Bueno pues eso es todo, quedo a su disposicion, y sin nada mas que añadir me despido
Saludos |
| Citación: | Alegato de la acusación. El interesado no se ha presentado. |
| Citación: | Último alegato de la defensa. El interesado no se ha presentado. |
| Citación: | | La acusación ha llamado a Itsuke al estrado |
| Citación: | La acusación ha llamado a Velma al estrado Este es su testimonio: Su señoria, como bien consta en las pruebas, este señor, de coeficiente de combate 4, nos atacó a mi compañero Itsuke y a mi cuando íbamos de camino a Valladolid, en el nudo que se presenta justo antes de llegar. A pesar de que viajábamos en grupo, nos redujo y nos venció a ambos, dejándonos en un estado "Débil" y sin comida para ese día (pues estabamos en mitad de un camino sin posibilidad de acceso a mercados o tabernas). Además, claro está, de robarnos el dinero y todo el inventario que llevábamos con nosotros. Así sucedió, y por mi parte no tengo nada más que añadir. Muchas gracias por su atención. |
| Citación: | Se ha dictado sentencia. Yo, Don Luxer de Payns Abdeselam, Honorable Juez del Reino de Castilla, tras escuchar los alegatos, estudiar las pruebas y examinar las leyes que rigen en nuestro territorio, deduzco que:
-El acusado es nivel 1 y debe conocer las leyes que rigen en el Reino de Castilla. -El acusado no posee antecedentes penales. -El acusado asaltó con éxito y así lo confiesa el propio acusado.
Art. 16: Todo aquel que robe a una persona y se apodere de su dinero o propiedad, por medio de la violencia, será culpable de Robo.
Pena - prisión: nivel 0/1: 2 a 3 días de prisión, nivel 2: 3 a 5 días de prisión, nivel 3: 4 a 7 días de prisión, y multa, de 200 a 4000 escudos.
Yo, Don Luxer de Payns Abdeselam, en calidad de Juez del Reino de Castilla, declaro a Don Vigury, culpable de delito de Desorden Público y lo sentencio a 2(dos) días de prisión y a pagar una multa de 200(doscientos) escudos. Haciendo referencia al artículo 4.5 del Código Procesal del Reino de Castilla se le informa de que esta sentencia es recurrible en un plazo de 10(diez) días ante el Tribunal Supremo de Apelación (TSA).
Sentencia realizada en Osma, el vigésimo primer día del octavo mes del año MCDLVII de Nuestro Señor por Don Luxer de Payns Abdeselam, Honorable Juez del Reino de Castilla. El acusado ha sido condenado a un pena de prisión de 2 días y una multa de 200 escudos. |
_________________ Si avanzo, siganme, Si retrocedo, matadme.
Agente de Policia de Osma Juez del Reino de Castilla
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